Modificación del IVA para los servicios electrónicos

tasas fiscales

El pasado mes de julio la Unión Europea aprobó esta iniciativa que pretende modificar el IVA para los servicios electrónicos, de televisión, radiofusión y telecomunicaciones transfronterizas. Todo parece indicar que este nuevo sistema de IVA entrará en vigor en enero del próximo año, 2015. El objetivo de esta medida es tratar de asegurar una competencia más equitativa entre empresas nacionales e internacionales que comercializan los mismos servicios. El objetivo es eliminar la competencia desleal, la UE plantea que el IVA que se desprende de dichos servicios electrónicos se pagará en función del lugar de residencia del cliente, en lugar de dónde se emplaza la empresa suministradora.

Desde tgs-edisa, queremos señalar que la tasa de IVA la marca de forma individual cada uno de los Estados miembro, por lo que el porcentaje a pagar oscila entre el 15 y el 27% en función de los diferentes países. Algunas empresas se afincaban en países con un porcentaje de IVA bajo, comercializando después sus servicios al resto de países miembro con una tasa superior. La modificación del sistema de IVA supone que, independientemente, del lugar del que sea la empresa que comercializa los servicios electrónicos, el porcentaje a pagar será el del país del consumidor, acabando así con la competencia desleal.

La medida responde al deseo de la UE por conseguir un mercado más equitativo, facilitando las cosas a las PYMES que no podían competir con otras compañías que ofrecían un IVA más reducido, presentando mayor movilidad por territorio europeo. Además, de un mercado más equilibrado supondrá una distribución de ingresos tributarios más justa entre estados del territorio comunitario, ya que cada uno de ellos recibirá el canon aplicado a los servicios que consumen sus residentes.

De todos modos, para facilitar también la declaración y el pago del IVA  de las empresas que comercializan sus servicios en más de un país, se creará una ventanilla única. En otras palabras, las empresas sólo estarán obligadas a declarar y pagar el IVA de los servicios vendidos en su país de origen. Precisamente el Estado al que pertenece dicha empresa se encargará de remitir la información e ingresos correspondientes a los otros Estados en los que la empresa opere.

30 octubre 2014 por Optimiza Click
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