Compensación de bases imponibles negativas

Acerca de Apuntes Fiscales

Apuntes Fiscales es el blog de actualidad fiscal y laboral creado por Opinia Auditores & Edisa Asesores.

Con efectos para los periodos impositivos que se inicien dentro de los años 2012 y 2013, se ha establecido un nuevo límite de aplicación temporal a la compensación de bases imponibles negativas generadas en ejercicios anteriores.

De esta manera en función de la cifra de negocios los límites de compensación de BINs queda como sigue:

- Empresas cuya cifra de negocios en el año anterior haya sido igual o inferior a 6.010.121,04 euros: no hay limitación de la compensación de BINs pendientes.

- Empresas que hayan superado los 6.010.121,04 euros:

  • Importe comprendido entre 6.010.121,05 euros y una cifra inferior a 20 millones de euros: no hay limitación de la compensación de BINs pendientes.
  • Importe comprendido entre 20 y 60 millones de euros: el importe máximo de compensación de BINs pendientes, está limitado al 50 por 100 de la base imponible del ejercicio previa a esta compensación.
  • Importe de al menos 60 millones de euros: el importe máximo de la compensación se limita al 25 por 100 de la base imponible del ejercicio previa a dicha compensación.

13 marzo 2013 por Apuntes Fiscales
Categorías: Impuesto sobre Sociedades | Etiquetas: , , | Dejar un comentario

Print Friendly
COMPARTIR

Deje su comentario

Los campos obligatorios están marcados con un *


4 + 1 =